El Modelo 190 es un formulario tributario utilizado en España para declarar las retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondientes a pagos realizados a trabajadores y profesionales independientes.
El Modelo 190 debe ser presentado anualmente por las empresas y entidades que realizan pagos sujetos a retención, y en él se deben declarar los importes totales de los pagos realizados a cada trabajador o profesional independiente, así como las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes.
Este formulario es de gran importancia para los trabajadores, ya que los importes declarados en el Modelo 190 son tenidos en cuenta para la liquidación del IRPF que deben realizar en su declaración anual de la renta.
Es importante destacar que el plazo para la presentación del Modelo 190 es el mes de enero del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente.
¿Tienes que presentar el modelo 190?
Partimos de que todos aquellos que tengan que presentar el modelo 111 deberán presentar el 190. El Modelo 190 se enfoca en los pagos realizados a trabajadores y profesionales independientes, mientras que el Modelo 111 se enfoca en las rentas del trabajo y de actividades económicas pagadas por empresas y entidades. Ambos formularios son importantes para la liquidación del IRPF y deben ser presentados en los plazos establecidos por la Administración Tributaria.
Las rentas que suelen presentarse en el Modelo 190 incluyen, entre otras:
- Rendimientos del trabajo: son las remuneraciones recibidas por los trabajadores por el desempeño de su actividad laboral, como salarios, sueldos, dietas, horas extras, etc.
- Los rendimientos que sean contraprestación de actividades profesionales, agrícolas, ganaderas o forestales.
- Rendimientos de actividades económicas: son las rentas obtenidas por los profesionales independientes por la realización de su actividad profesional, como honorarios, comisiones, alquileres, etc.
- Rendimientos de capital mobiliario: son las rentas obtenidas por la cesión a terceros de capitales propios, como intereses de cuentas bancarias, dividendos de acciones, etc.
- Rendimientos de capital inmobiliario: son las rentas obtenidas por la propiedad y/o el alquiler de bienes inmuebles, como alquileres de viviendas, locales, etc.
- Los premios que se reciban por la participación en una rifa, concurso, juego o combinación aleatoria.
El objetivo es que estas retenciones se apliquen posteriormente al cálculo del IRPF en la declaración de la renta del trabajador o profesional independiente.