El periodo vacacional de los trabajadores de una empresa está reglado a través del artículo 40.2 de la Constitución Española y se establece de obligado cumplimiento el conceder vacaciones retribuidas a los empleados por parte de los empresarios. Es un derecho fundamental de los trabajadores y cuyos detalles están escritos en el Estatuto de los Trabajadores. De no llevarse a cabo este cumplimiento, hay multas que ascienden a más de 6.000 euros.

En pleno mes de julio y con agosto a la vuelta de la esquina -meses vacacionales por excelencia- son muchas las dudas que surgen de un lado y otro de la empresa alrededor de la palabra vacaciones: ¿Cuántos días le corresponden al trabajador?; ¿Me pueden despedir?; Si tengo un contrato parcial, ¿tengo vacaciones? Y un largo etcétera. Con ayuda de Sage, resolvemos algunas de estas dudas que a veces nos surgen después de pensar dónde vamos a pasar esos días de descanso.

¿Me pueden despedir estando de vacaciones?

Acerca de si es posible ser despedido o no durante el periodo vacacional, la respuesta es: Sí, aunque se desaconseja encarecidamente hacerlo ya que hay que hacerlo por burofax, enviando el documento a la dirección de residencia que el empleado ha dado. Genera mal estar en la plantilla y con el propio trabajador, aunque hay posibles casos como el ERE que es una situación irremediable.

Es posible que al producirse un ERE haya personas de vacaciones, aunque el ERE es un proceso que se conoce con tiempo. En el único caso que no es legal despedir a un trabajador es si se encuentra en ERTE o en los seis meses posteriores a la finalización del mismo.

¿Cuánto duran las vacaciones?

El mínimo establecido es de 30 días, independientemente del tipo de contrato. Por tanto, ya seas un trabajador a tiempo completo o parcial, te corresponde este tiempo. Este tiempo se puede alargar según convenio.

Tiempos de planificación

El trabajador tiene acceso al calendario de vacaciones con, al menos, dos meses de antelación. En el caso de que haya que cambiar estas fechas por parte del empleado, Recursos Humanos puede negarse, exceptuando en casos realmente graves que deben ser presentados debidamente o se puede aceptar el cambio si no supone perjuicio a la empresa.

¿Si el trabajador no se incorpora tras sus vacaciones?

Este hecho se considera ausencia y es un hecho sancionable que, en caso extremo, puede acabar en despido.

¿Se pueden interrumpir las vacaciones de un empleado?

La empresa puede requerir la presencia del trabajador en determinadas circunstancias, pero no hay una norma legal que obligue al empleado a contestar la llamada.